Convocatoria elecciones al Consejo de Residentes Españoles en Berlín

 

Adjunta se remite convocatoria de elecciones al Consejo de Residentes Españoles en Berlín.

 

 

¿Qué es el Consejo de Residentes Españoles (CRE)?

 

El CRE es un órgano de carácter consultivo y asesor adscrito a las Oficinas Consulares en el exterior, cuya naturaleza, funciones, ámbito de actuación, composición, elección y régimen de funcionamiento se regulan por la Ley 40/2006, de 14 de diciembre, del estatuto de la ciudadanía española en el exterior, el Real Decreto 1060/2009, de 18 de diciembre y la Orden Ministerial AEC/2172/2010.

Entre las funciones se encuentran las siguientes: ser cauce de comunicación entre la comunidad española y la oficina consular; debatir y proponer medidas que contribuyan a mejorar la función consular; asesorar e informar a la oficina consular en asuntos que afecten a la comunidad española; difundir entre la comunidad española las medidas adoptadas por las administraciones públicas; cooperar para dar mayor carácter institucional a las actividades desarrolladas en beneficio de los españoles; colaborar en los procesos electorales del propio Consejo de Residentes Españoles; participar en el procedimiento de concesión de ayudas y subvenciones a favor de españoles en el exterior.

 

 

¿Quiénes pueden formar las listas de candidatos y ser elegibles?

 

Según dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto 1960/2009, son elegibles los españoles que figuren inscritos en el Padrón de Españoles Residentes en el Extranjero, correspondiente a esta Sección Consular, el día 30 de abril de 2016 y hayan alcanzado la mayoría de edad antes de la fecha de proclamación de las candidaturas.

 

 

¿Quiénes pueden ser electores y  votar? 

 

Podrán ser electores y votar los españoles que figuren inscritos en el Padrón de Españoles Residentes en el Extranjero, correspondiente a esta Sección Consular, el día 30 de abril de 2016 y hayan alcanzado la mayoría de edad antes de la fecha de celebración de las elecciones.

 

 

¿Hasta cuándo se pueden presentar las candidaturas?

 

Hasta el 30 de julio de 2016.

 

 

¿Cuáles son los requisitos  para presentar candidatura?

 

Las candidaturas se presentarán en listas que deberán contener siete candidatos y tres suplentes,  debiendo al menos haber cuatro personas de cada sexo.

A las listas de candidatos se adjuntará una declaración de aceptación de la candidatura firmada, así como copia del pasaporte o DNI.

Las listas de candidatos  deberán estar respaldadas por la firma de un número no inferior a 50 electores. Dichos electores deberán estar identificados con nombre y apellidos, dirección actual, firma y número de pasaporte o DNI, así como fotocopia del pasaporte o DNI. Un modelo de lista de electores está disponible aquí.

 

 

Encontrará toda la información en los siguientes enlaces:

 

–          http://www.exteriores.gob.es/Embajadas/BERLIN/es/Embajada/Paginas/Tabl%C3%B3n-de-anuncios.aspx

–          http://www.exteriores.gob.es/Embajadas/BERLIN/es/Embajada/ServiciosConsulares/Paginas/ConsejoDeResidentesEnElExtranjero.aspx

 

Atentamente,